Concejales

 Equipo de Gobierno

José Carlos Teruel

Coord. Área de Medio Ambiente.
Delegación de Medio Ambiente y limpieza, Playas y Protección animal. Mantenimiento y mobiliario urbano y Alumbrado público. Administración Electrónica y transformación digital. Transparencia y redes sociales.

Delegación de Deportes, Archivo, Emprendimiento y Formación, Economía Azul e Industria. Responsable Distrito 3

Partido Socialista Obrero Español

Adelante Izquierda Gaditana

Fecha de actualización: 02-05-2024

Fecha de última revisión: 02-05-2024

Periodicidad de revisión : Semestral

Retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por los altos cargos y por las personas que ejerzan la máxima responsabilidad en la entidad local

Mediante Acuerdo plenario de fecha 23 de junio de 2023 se acordó el siguiente régimen de dedicaciones (para 2023) :

1. Alcalde: con dedicación exclusiva, percibiendo una retribución brutal anual de 68.888 € pagaderas en 14 mensualidades.

2. Concejale/as con dedicación exclusiva: Tendrán este régimen:

  •  Lo/as Concejale/as que sean Coordinadore/as de cada una de las Áreas de Gobierno previstas en Decreto de Alcaldía sobre Organización municipal, salvo que opten por el régimen de dedicación parcial o por el de indemnización por asistencia Pleno.
  • Lo/as Concejale/as sin tareas de gobierno que ostenten la titularidad de la portavocía de su grupo municipal.

Percibirán una retribución brutal anual de 52.000 € que se abonará en 14 mensualidades.

También tendrán dedicación exclusiva, aunque por el distinto grado de responsabilidad percibirán una retribución brutal anual de 45.000 € que se abonará en 14 mensualidades el resto de Concejale/as con tareas de gobierno, salvo que opten por la situación de dedicación parcial o por el régimen de indemnizaciones por asistencia.

La dedicación exclusiva requerirá una dedicación preferente a las tareas propias del cargo sin perjuicio de actividades marginales y particulares que en ningún caso podrán menoscabar aquella dedicación.

3. Concejale/as con dedicación parcial: Tendrán este régimen:

  • La Concejala Coordinadora de Área de Gestión Económica y Administrativa. Tendrá una dedicación mínima del setenta y cinco por ciento de la dedicación exclusiva de la
    Alcaldía, percibiendo una retribución brutal anual de 51.666 € que se abonará en 14 mensualidades.
  • El resto de Concejale/as con tareas de gobierno que siendo Coordinadore/as de Área, opten por este régimen. Tendrán una dedicación mínima del setenta y cinco por ciento
    de la dedicación exclusiva de los Concejale/as Coordinadore/as de Área, percibiendo una retribución brutal anual de 39.000 € que se abonará en 14 mensualidades
  • El resto de Concejale/as con tareas de gobierno que no siendo Coordinadore/as de Área opten por este régimen. Tendrán una dedicación mínima del setenta y cinco por ciento de la dedicación exclusiva de los Concejale/as que no son Coordinadore/as de Área, percibiendo una retribución brutal anual de 33.750 € que se abonará en 14 mensualidades.
  • Lo/as Concejale/as sin tareas de gobierno que sea Portavoz Adjunto/a de su grupo municipal. Tendrán una dedicación mínima del setenta y cinco por ciento de la dedicación exclusiva de los Concejale/as que no son Coordinadore/as de Área, percibiendo una retribución bruta anual de 33.750 € que se abonará en 14 mensualidades.

Dichas cantidades se actualizarán anualmente en el porcentaje que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.

En cuanto a las indemnizaciones por asistencias a Pleno: Lo/as miembros de la Corporación que no desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva ni parcial percibirán mensualmente por la concurrencia de al menos una sesión plenaria (ordinaria o extraordinaria), la cantidad de 908,00 €, previa comprobación por el Servicio de Personal de la asistencia.

Dicha cantidad se actualizará anualmente en el porcentaje que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.


Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 142 de 27 de julio de 2.023 (pag. 15)

Indemnizaciones percibidas por altos cargos y máximos responsables con ocasión del cese del cargo

El Ayuntamiento de Cádiz no tiene aprobado el percibo de indemnización alguna para altos cargos con ocasión de su cese , salvo las previstas de forma obligatoria en la normativa de aplicación.

Resoluciones que autoricen el ejercicio de actividad privada al cese de los altos cargos de la Administración General del Estado o asimilados según la normativa autonómica o local

Deben ser objeto de publicación las resoluciones de autorización del ejercicio de actividad privada posteriores del cese de los altos cargos, no existiendo en el Ayuntamiento de Cádiz ninguna solicitud ni , por tanto,  resolución alguna al respecto.

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Updated on 2024-06-28T12:18:53+02:00, by Alejandro Ahumada.

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