Los ayuntamientos de Barcelona, Cádiz, Córdoba, A Coruña, Madrid, Zaragoza, Santiago y Valencia piden que se ponga fin a la asfixia de las finanzas municipales

Barcelona, 5 de julio de 2018. Los ayuntamientos de Barcelona, ​​Cádiz, Córdoba, A Coruña, Madrid, Zaragoza, Santiago de Compostela y Valencia se han reunido hoy en el Ayuntamiento de Barcelona, donde han suscrito la Declaración de Barcelona sobre financiación y fiscalidad local. Reclaman al nuevo gobierno del Estado un sistema estable y suficiente de financiación de los ayuntamientos, que permita garantizar derechos sociales básicos.

Con este encuentro las mayores ciudades de España reeditan el frente común que ya se visualizó en las Jornadas Municipalistas por un Financiación Justa celebradas en febrero de 2017 y que culminaron con la Declaración de Valencia. En ella, denunciaban el actual modelo insostenible que limita la capacidad de acción municipal y que dificulta que los ayuntamientos puedan garantizar derechos básicos y servicios públicos esenciales en sus municipios.

La Declaración de Barcelona recoge las principales demandas de los municipios, a través de cambios normativos, que permitan garantizar un sistema estable y suficiente de financiación local que garantice la cobertura de las necesidades de sus ciudadanos en el marco de las sus competencias.

Por ello, las principales ciudades del Estado, en este manifiesto conjunto, reclaman revisar los efectos de la aplicación de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad Local (LRSAL), que ha supuesto un grave retroceso en la autonomía local y en la suficiencia financiera de los municipios, así como flexibilizar la aplicación de la ley de Estabilidad Presupuestaria (LOEPSF) con respecto a la aplicación de la regla de gasto.

Para poder recuperar la capacidad de gobernar sus respectivas haciendas, las nueve ciudades proponen una nueva redacción de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local que suponga un avance hacia la “segunda descentralización” con el objetivo de conseguir gestionar hasta el 25% del gasto público global.

Para que los municipios tengan la capacidad de involucrarse en la obtención y aplicación de sus recursos financieros y puedan organizar libremente su gasto, la Declaración de Barcelona sobre financiación y fiscalidad local propone:

  • Por la vía de la participación en impuestos estatales
  • Establecer un sistema transparente de participación en los tributos del Estado que permita una planificación presupuestaria estable, no sujeta a liquidaciones del sistema que puedan afectar la estabilidad de los Entes Locales de forma imprevisible.
  • Desarrollar de forma efectiva sistemas de participación en los ingresos de la Comunidad Autónoma respectiva.
  • A través de los impuestos locales
  • Ampliar el espacio tributario local, con la posible incorporación de nuevas figuras tributarias y la dotación de un mayor ámbito de autonomía normativa en el conjunto de los tributos, que permita la incorporación de elementos de progresividad.
  • Mantener del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) como figura principal de los impuestos locales, pero con la introducción de modificaciones en el sentido de:
  • Aumentar la autonomía normativa en relación a la definición de tipos impositivos diferenciados para usos y categorías de inmuebles; el replanteamiento del actual sistema de exenciones y bonificaciones; y el desarrollo de la posibilidad de aplicación de recargos (por ejemplo para viviendas desocupadas) y bonificaciones basadas en la renta de los sujetos pasivos.
  • Revisar la calificación como uso residencial de las viviendas de uso turístico, ya que no cumplen con la función residencial y su objetivo es la consecución de beneficios económicos.
  • Aplicación de un sistema dinámico de actualización de valores catastrales.
  • Abordar con carácter urgente la reforma de la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, adaptándola al artículo 107 del Tratado de la Unión Europea, de manera que se permita a los ayuntamientos el cobro de la totalidad de impuestos y tasas relacionados con actividades lucrativas que actúan en el mercado y para las que no estén exentos los operadores públicos.
  • Establecimiento de un mecanismo de compensación automático vinculado a la reducción de la recaudación derivada de la aplicación de normas de rango superior.

 

  • Es necesario flexibilizar la aplicación de la LOEPSF y en particular
  • Eliminar la aplicación de la regla de gasto y el destino del superávit a aquellos entes locales que cumplan con los objetivos de estabilidad presupuestaria y financiera y deuda pública. Flexibilizar la aplicación de la regla de gasto y el destino del superávit para el resto de Entes Locales.
  • Establecer el cómputo del déficit/superávit, y la evaluación de su cumplimiento, por períodos plurianuales.

      Barcelona,  a 5 de julio de 2018

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