Aguas de Cádiz se reafirma en la labor realizada en el caso Loreto, «cumpliendo así con la transparencia en la gestión a la que está obligada una empresa pública»

Cádiz, 3 de diciembre de 2016. La gerencia de la empresa municipal Aguas de Cádiz se reafirma en la labor desarrollada para esclarecer lo sucedido en el caso Loreto, y apunta una serie de consideraciones acerca del decreto de la Fiscalía Provincial de Cádiz, de fecha 21 de noviembre de 2016, por el cual acuerda archivar las diligencias informativas 49/2016, relativas al incidente de contaminación de aguas del barrio de Loreto ocurrido en octubre de 2014. En este sentido, desde la sociedad se manifiesta que los objetivos del Informe de Resultados elaborado por la Comisión Técnica creada por Aguas de Cádiz -a requerimiento del Pleno municipal y dando así respuesta a la demanda de la ciudadanía al respecto- son «el estudio y esclarecimiento de las causas del incidente de contaminación de las aguas y de la gestión técnica y económica que se realizó del mismo, cumpliendo así con la transparencia en la gestión a la que está obligada una empresa pública».

Asimismo, se hace hincapié en que, «como reconoce el decreto de la Fiscalía», el incidente de Loreto constituye «un episodio de contaminación cuyas causas no fueron correctamente identificadas por los anteriores gestores». Y también se subraya que con el Informe de Resultados de la Comisión Técnica, «como viene a reconocer el decreto de la Fiscalía al calificar de brillante la investigación técnica realizada», Aguas de Cádiz «da una mayor y mejor respuesta a la obligación que tienen los gestores del abastecimiento de aguas de investigar las causas de un incidente con una repercusión como el que tuvo en la barriada de Loreto, entre otros motivos para así poder aplicar las adecuadas medidas preventivas y correctoras en el futuro».

Además, desde la gerencia de la empresa municipal se indica que el Informe de Resultados de la Comisión Técnica «diferencia claramente dos fases en la gestión del incidente, demostrando de forma fehaciente con las analíticas realizadas que en la primera de estas fases, con una duración de doce días, se produjeron incumplimientos paramétricos en la calidad del agua suministrada, sin comunicación a la autoridad sanitaria como era preceptivo». Es por ello que desde Aguas de Cádiz se defiende que estos hechos relativos a la primera fase del incidente «no pueden considerarse un ejemplo de buena praxis». Asimismo, se resalta que el decreto de la Fiscalía «utiliza manifestaciones vertidas en el Informe de Resultados que se refieren exclusivamente a las segunda fase del Incidente, y lo hace como referidas a éste en su conjunto».

Ante todo esto, Aguas de Cádiz asume las principales conclusiones del Informe de Resultados y Complementarios elaborado por la Comisión Técnica, y a continuación se indican: El incidente se produce como consecuencia de la apertura de tres válvulas límite de sector que da lugar a la movilización de aguas estancadas con desprendimiento de biopelícula. Y el día 3 de octubre de 2014 debió comunicarse a la autoridad sanitaria la primera confirmación de incumplimiento de parámetros de la calidad del agua.

Cádiz, a 3 de diciembre de 2016

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