El Ayuntamiento abre el plazo de consulta previa de la ordenanza del registro público municipal de demandantes de vivienda protegida
Cádiz, 12 de octubre de 2021. El Ayuntamiento de Cádiz ha abierto el plazo de consulta previa, audiencia e información pública de la ordenanza del registro público municipal de demandantes de vivienda protegida de Cádiz de cara a su adaptación a la legislación actual.
La presidenta de Procasa y concejala de Vivienda, Eva Tubío, ha explicado que la “última vez que se modificó esta ordenanza fue en 2012 y desde entonces se han sucedido varios cambios en la normativa que afecta a la regulación de los registros de demandantes de viviendas protegidas como la aprobación de la Ley 1/2018, de 26 de abril, por la que se establece el derecho de tanteo y retracto en desahucios de vividas o el decreto 91/2020 de 20 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana de Andalucía 2020-2030”.
Eva Tubío ha señalado que de hecho “hemos incorporado el Plan Municipal de Viviendas de Cádiz, aprobado en el Pleno del 29 de marzo de 2019 como uno de los documentos a tener en cuenta en esta ordenanza dada la perspectiva y visión actualizada que recoge”.
Tubío ha avanzado que “con el objetivo de que la ciudadanía pueda presentar también sus aportaciones a la ordenanza del registro público municipal de demandantes de vivienda protegida, se encuentra ya abierto durante 20 días hábiles, este plazo de consulta previa”.
La concejala ha subrayado que algunos de los aspectos que se pretenden mejorar con la adaptación de la ordenanza son “el de establecer los requisitos que habrán que reunir las personas demandantes de vivienda protegida así como los datos básicos que deberán figurar en la solicitudes, elevar del 25 al 50% el límite del porcentaje de pleno dominio sobre otra vivienda adquirida a titulo de herencia o legado que impide a las personas titulares el acceso a vivienda protegida en el registro, la modificación del sistema de baremos para la selección de las personas adjudicatarias de vivienda protegida, teniendo en cuenta a los grupos de personas con especial protección que se recoge en el artículo 5 del Plan Vive en Andalucía o la supresión del sistema de subasta pública para el acceso a vivienda protegida en régimen de propiedad sustituyéndolo por el orden de antigüedad en el registro”.
Cádiz, a 12 de octubre de 2021