El Ayuntamiento recibe los 494.000 euros para poner en marcha el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación

Cádiz, 20 de octubre de 2016. El Ayuntamiento de Cádiz ha recibido los 494.912 euros destinados a la ciudad por parte de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía para poner en marcha el Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación.

La concejala de Asuntos Sociales, Ana Fernández, ha anunciado que a través de este programa, que gestionará el Consistorio gaditano y que aglutina empleo e inclusión, se ofrecerá trabajo a 154 personas durante un periodo de tres meses. “Con esto lo que se demuestra es que el Ayuntamiento de Cádiz cumple. Cuando otras administraciones hacen la tarea, el Ayuntamiento cumple. Incluso cuando dejan de hacerlas, hacemos todo lo posible por paliar la grave situación que atraviesa nuestra ciudad”, ha defendido la edil.

Asimismo, ha destacado que con esta iniciativa “seguimos avanzando en la generación de empleo en la ciudad, con todas las dificultades de no tener las competencias ni los recursos pero sí la voluntad y la capacidad de gestionar fondos, como se ha puesto de relieve con el Plan Invierte, que a pesar de los acelerados ritmos, la respuesta del Ayuntamiento ha sido ejemplar”.

Por su parte, la concejala responsable de Empleo, Laura Jiménez, ha precisado que el Ayuntamiento de Cádiz participa en el Programa a través de 11 delegaciones o entidades municipales en las que las personas beneficiarias realizarán sus trabajos. Se trata de las delegaciones de Comercio y Artesanía, Asuntos Sociales, Cultura, Medio Ambiente, Juventud e Infancia, Deportes, Fundación de la Mujer, Instituto de Fomento, Empleo y Formación, Mantenimiento Urbano, Consumo y Mercados, Parque Móvil y Alumbrado.

“Desde el Equipo de Gobierno creemos que el empleo y la inclusión deben ir de la mano para dar salida a la realidad de emergencia social que atraviesa nuestra ciudad”, ha acentuado Jiménez.

Las personas beneficiarias desarrollarán trabajos de adecuación, reparación, mantenimiento y jardinería en la vía pública, playas, jardines y equipamientos e instalaciones municipales. La localización y el ámbito de ejecución de este proyecto se establecerán en función de las necesidades y del interés social para la comunidad de las distintas zonas y equipamientos del municipio de Cádiz.

Las bases reguladoras para acceder a este plan de empleo especifican lo siguiente:

. Que en el momento de presentar la solicitud la persona solicitante debe encontrarse en situación de demandante de empleo, inscrito en el S.A.E. y no haya trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.

. Que en el momento de presentar la solicitud pertenezca a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

  1. Que al menos 1 año antes de presentar la solicitud todas las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas.
  1. Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea, en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud:

. Inferior al IPREM (3.195,06 €), para la unidad familiar de 1 sola persona.

. Inferior a 1,3 veces el IPREM (4.153,58 €), para la unidad familiar de 2 personas.

. Inferior a 1,5 veces el IPREM (4.792,59 €) para la unidad familiar de 3 personas.

. Inferior a 1,7 veces el IPREM (5.431,60) para la unidad familiar de 4 o más personas.

A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

. Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios. Dicho informe solo se emitirá si la persona solicitante cumple con los anteriores requisitos.

Cumpliendo los requisitos establecidos anteriormente, tendrán prioridad para la adjudicación de la plaza aquellas personas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación alguna de las circunstancias siguientes (Art. 9 Decreto-ley 8/2013):

. Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos 6 meses del año anterior a la fecha de solicitud.

. Que la persona solicitante o alguno de las que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer.

. Que alguno de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33% o se encuentre en situación de dependencia.

. Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo.

. Que entre los miembros de la unidad familiar del solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.

. Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.

. Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, 2 hijos o hijas a su cargo.

. Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de Transformación Social.

. Que la persona solicitante sea mujer.

. Que la persona solicitante sea mayor de 50 años.

Si como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen unidades familiares con el mismo primer nivel de prelación, se procederá a priorizar aquéllas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de prelación y a igualdad de número de circunstancias se considerará la intensidad y duración de las condiciones referidas.

En el caso de que hubiera dos o más solicitudes de personas que componen una misma unidad familiar, solo se atenderá a la que se registre antes. Únicamente se podrá contratar a dos o más personas que componen una misma unidad familiar en el caso de que no hubiera solicitudes pendientes de otras unidades familiares.

 

                                                                                   Cádiz, a 20 de octubre de 2016

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