El IFEF ya ha dictado 7 resoluciones de concesión de ayudas del Programa para el Fomento de la Empleabilidad por casi 48.000 euros

Cádiz, 19 de diciembre de 2021. El Instituto de Fomento, Empleo y Formación (IFEF) del Ayuntamiento de Cádiz mantiene abierto hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo de presentación de solicitudes del Programa para el Fomento de la Empleabilidad en la ciudad de Cádiz.

A fecha de 14 de diciembre, han sido dictadas ya varias resoluciones de concesión por parte del IFEF, siete en total, y estas ayudas suman un montante total de 47.687,50 euros.Cabe recordar que la finalidad del Programa, como ya se anunció en su momento, es fomentar la creación de empleo y/o la mejora de las condiciones laborales por parte de las empresas o entidades empleadoras a las que se destina el programa, que desarrollen su actividad en la ciudad de Cádiz, incentivando la contratación laboral como medida específica de apoyo para la reactivación de la actividad económica tras las consecuencias provocadas por el COVID-19 en el mercado laboral gaditano.

Se subvencionan las siguientes líneas de ayudas:

LÍNEA 1: Contratación indefinida.

Con el objetivo de fomentar el empleo estable con la creación de empleo indefinido, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, así como las transformaciones en indefinidos de contratos temporales.

La ayuda consiste en un incentivo de 7.500 euros a favor de la persona o entidad empleadora por cada nuevo contrato indefinido formalizado con una persona demandante de empleo, inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo, o transformación de un contrato temporal en indefinido, a jornada completa.

LÍNEA 2: Bono Empleo Cádiz

Con el objetivo de incentivar la creación de empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral de personas desempleadas del municipio, a través de la formalización de nuevas contrataciones con una duración mínima de 12 meses.

La ayuda consiste en un incentivo de 4.500 euros, para contratos celebrados a jornada completa con una duración mínima de 12 meses.

Para ambas líneas, las cuantías de las ayudas se incrementan en 500 euros si la persona contratada en el momento de la contratación se encuentra incluida en alguno de los siguientes colectivos: mujer, persona de 45 y más años de edad, persona desempleada de larga duración, persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

En el supuesto de que el contrato sea a jornada parcial, la cuantía del incentivo se reduce proporcionalmente en función de la duración de la jornada, no siendo incentivable una jornada parcial inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en convenio colectivo, o en su defecto, de la jornada máxima legal.

Las personas beneficiarias de estas subvenciones son las personas/entidades siguientes:

– Entidades de Economía Social: Sociedades cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social.

Pueden presentar solicitud para la Línea 1: Contratación indefinida y Línea 2: Bono Empleo Cádiz

– Entidades privadas sin ánimo de lucro y Federaciones de las mismas, así como la Cruz Roja, para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales.

La entidad ha de desarrollar programas de interés social destinados a cubrir necesidades específicas dirigidas a la atención de las personas en situación o riesgo de pobreza y/o exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad en la ciudad de Cádiz.

Las contrataciones a incentivar han de estar destinadas al desarrollo por las entidades solicitantes de programas en materia de empleo, educación, vivienda, salud y/o servicios sociales, debiendo paliar necesidades concretas que habrán de especificar junto a su solicitud justificando la vinculación del contrato a incentivar con la implementación del programa propuesto.

Pueden presentar solicitud para la Línea 1: Contratación indefinida y Línea 2: Bono Empleo Cádiz.

– Autónomos y microempresas (personas físicas o jurídicas cualesquiera que sea su forma jurídica)

Podrán presentar solicitud para la Línea 1: Contratación indefinida.

Las contrataciones han de estar formalizadas antes de la fecha de presentación de la solicitud, siendo admisibles las que hayan sido formalizadas hasta en el plazo de un mes anterior a la publicación de la convocatoria (BOP Nº 151, de fecha 09/08/2021).

Cada empresa o entidad podrá presentar como máximo dos solicitudes, pudiendo ser subvencionables hasta un máximo de dos contratos diferentes formalizados en fechas diferentes, debiendo presentar la solicitud para cada una de ellas una vez realizada la contratación correspondiente.

Las ayudas se financiarán con cargo a los créditos consignados en los presupuestos del IFEF, ascendiendo a 297.000 euros la cuantía total estimada del conjunto de ayudas a conceder, repartidos por tipo de beneficiarios como se especifica:

BENEFICIARIOS PRESUPUESTO
Entidades de economía social 47.000
Entidades privadas sin ánimo de lucro y federaciones de las mismas, así como la Cruz Roja 100.000
Autónomos y Microempresas 150.000

El procedimiento de concesión es, en concurrencia, no competitiva, resolviéndose siguiendo el orden correlativo de entrada en el Registro Electrónico Común, salvo aquellas que tengan que ser subsanadas, considerándose en el orden de prelación para su resolución la fecha en que las solicitudes hayan atendido al trámite de subsanación y aportado la documentación requerida en tiempo y forma, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases reguladoras. La concesión está limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Como ya se ha informado al inicio de esta información, se ha aprobado ya la concesión a siete solicitantes, correspondientes a la tipología de beneficiarios Autónomos y Microempresas. Las características de la concesión son las siguientes:

TIPO DE CONTRATO IMPORTE AYUDA CARACTERÍSTICAS PERSONA CONTRATADA (500 € adicionales)
Transformación de contrato de duración determinada en indefinido a jornada parcial 4.250,00 Mujer
Transformación de contrato de duración determinada en indefinido a jornada parcial 4.437,50 Mujer
Transformación de contrato de duración determinada en indefinido a jornada completa 7.500,00 —
Transformación de contrato de duración determinada en indefinido a jornada completa 7.500,00 —
Transformación de contrato de duración determinada en indefinido a jornada completa 8.000,00 Mujer
Transformación de contrato de duración determinada en indefinido a jornada completa 8.000,00 Mujer
Transformación de contrato de duración determinada en indefinido a jornada completa 8.000,00 Mujer

Una vez notificadas las resoluciones de concesión, las personas beneficiarias deberán comunicar por escrito, en el plazo de 15 días desde la notificación, la aceptación de la ayuda, según modelo disponible en el siguiente enlace:

https://www.ifef.es/fomento/index.php/emprendimiento/programa-fomento-de-la-empleabilidad#item18

Procediéndose tras la aceptación al pago del 50% del importe de la ayuda concedida mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por los beneficiarios, en concepto de pago anticipado.

Las solicitudes y la documentación para concurrir a esta convocatoria se pueden presentar única y exclusivamente de forma telemática, a través del Registro Electrónico Común del Estado, accediendo al siguiente enlace:

https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html

Toda la información y documentación relativa al Programa de Empleabilidad puede consultarse en el siguiente enlace:

https://www.ifef.es/fomento/index.php/emprendimiento/programa-fomento-de-la-empleabilidad

Cádiz, a 19 de diciembre de 2021

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